Connect with us

NOTICIAS

Crimen de María Marta García Belsunce: la defensa de Pachelo apeló la condena a perpetua

Había sido una decisión de la Cámara de Casación y aludieron que «han emitido un pronunciamiento alejado de la prueba y del derecho».

Published

on

Los abogados defensores de Nicolás Pachelo, condenado a prisión perpetua por el crimen de María Marta García Belsunce en 2002, apelaron la pena que le aplicó la Cámara de Casación.

En ese sentido, los letrados Raquel Pérez Iglesias y Marcelo Rodríguez Jordán presentaron «un recurso de Casación horizontal (de útil creación jurisprudencial) y otro extraordinario de inaplicabilidad de ley impuesto con excepcionalidad por la norma», por lo que pidieron «que se mantenga la absolución pronunciada por la primera instancia sobre Pachelo».

La defensa de Pachelo cuestionó el fallo de Casación al señalar que «han emitido un pronunciamiento alejado de la prueba y del derecho».

«Pareciera haberse omitido deliberadamente poner de relieve la no participación de Nicolás Roberto Pachelo en los eventos de gran interés probatorio, los cuales, vistos en conjunto, lo alejan rotundamente de la idea de autoría: no intervino en la confección (ni en el uso) del certificado médico falso en el que se consignaba que la muerte de María Marta García Belsunce había sido consecuencia de un paro cardio-respiratorio `no traumático», se indicó en el escrito presentado este lunes.

Los jueces de la Sala II de la Cámara de Casación Bonaerense Fernando Mancini Hebeca y María Florencia Budiño revirtieron la absolución por mayoría del Tribunal Oral en lo Criminal número 4 de San Isidro dictada en 2022 y condenaron a prisión perpetua a Pachelo por el crimen de María Marta García Belsunce.

La defensa citó otros puntos en los cuales se basó para ratificar la inocencia de Pachelo: «No creó la idea de `accidente doméstico` sobre el suceso; no participó en la limpieza y alteración de la escena del crimen; no impidió que la autoridad policial ingresara al club de campo `Carmel` el día del hecho; no descartó `pituto` alguno».

«No contribuyó en la confección del identikit de `La Dama de Rosa` con el rostro de Inés Dávalos Cornejo (ex esposa de Pachelo, oportunamente también sospechada), el que exhibía Horacio García Belsunce en la televisión pidiendo la cooperación de la población para poder dar con ella; no se incautó arma de fuego alguna en poder de nuestro defendido ni objeto alguno perteneciente a la familia Carrascosa-García Belsunce; no hay rastros de su ADN (genéticos) en el domicilio que los Carrascosa-García Belsunce tenían en el Country Club Carmel», añadieron los abogados.

Y remarcaron que «estos comentarios probatorios que distancian a Pachelo de su participación en la muerte de la víctima y que demuestran una clara obstrucción en la investigación inicial no atribuible a él, no deben ser interpretados en menoscabo de la absolución con que fuera beneficiados Carlos Alberto Carrascosa o las personas que formaban su entorno más próximo en aquella fecha del hecho lamentable y por los que estuvieran sujetos a proceso».

«En razón de todo lo expresado, solicitamos se declare procedente este recurso extraordinario por inaplicabilidad de ley; eventualmente, el recurso de casación horizontal; se revoque la condena a prisión perpetua impuesta por el Tribunal de Casación respecto del homicidio de María Marta García Belsunce y se mantenga la absolución pronunciada por la primera instancia sobre Nicolás Roberto Pachelo», cerraron.

Fuente: NA.

Continue Reading
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

NOTICIAS

Mar del Plata: un joven discutió con un kiosquero por 50 pesos, mató a la hija y recibió una dura condena

En febrero de 2022, Facundo Santoro atacó a tiros la fachada de un comercio tras una pelea con su dueño. Allí asesinó a Romina Gilardi, que se encontraba junto a otras personas en la puerta del lugar.

Published

on

By

En las últimas horas, la Justicia marplatense condenó a un joven de 22 años luego de un juicio abreviado en el que aceptó la culpabilidad por el crimen de Romina Gilardi, asesinada el 5 de febrero de 2022 tras una discusión que el autor del crimen mantuvo con el padre de la víctima.

La pelea se originó entre Facundo Santoro, el joven condenado, y el padre de Gilardi, dueño de un kiosco. Aquel día, cerca de las 3 de la mañana, Santoro acudió junto a su pareja a comprar cervezas y una diferencia de 50 pesos inició el conflicto.

El hecho ocurrió en la madrugada del 5 de febrero de 2022, en un kiosco que funciona las 24 horas en calle 71 al 4600, un sector del barrio Nuevo Golf. Por el hecho, Santoro recibió una pena de 14 años y seis meses de cárcel.

Tras la discusión, el asesino prometió regresar. A los 20 minutos, dos hombres en moto pasaron por el lugar y dispararon varias veces contra un grupo de personas que permanecía en la puerta del kiosco. Allí estaba Romina Gilardi junto a su hija de 17 años.

Facundo Santoro recibió una pena de 14 años y seis meses de prisión (Foto: Gentileza La Capital de Mar del Plata).
Facundo Santoro recibió una pena de 14 años y seis meses de prisión (Foto: Gentileza La Capital de Mar del Plata).

En aquel primer intento de agresión nadie salió herido. Sin embargo, minutos más tarde un auto apareció en la zona con Santoro como acompañante. Tras pasar por la calle 71 al 4600, el joven sacó el cuerpo por la ventana y disparó seis veces su pistola calibre 22.

“Gorda me dieron, gorda me dieron”, gritó Gilardi tras recibir un balazo en la espalda, ante la mirada de su hija, mientras buscaba alcanzar su casa para resguardarse. Si bien fue trasladada al Hospital Interzonal General de Agudos (HIGA), la mujer no pudo recuperarse y murió producto de la lesión que culminó en un paro cardíaco traumático.

La calle en la que ocurrieron los hechos (Foto: Google Maps).
La calle en la que ocurrieron los hechos (Foto: Google Maps).

Además de ser condenado por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, el juez del Tribunal N° 4, Gustavo Fissore, le sumó a esa pena una condena que Santoro tenía del fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, en la que había recibido una pena de dos años de prisión de ejecución condicional.

Fissore también aceptó el planteo de la fiscal Florencia Salas, quien consideró como agravante “la nocturnidad del hecho y la extensión del daño causado”, tal como indicó el medio La Capital de Mar del Plata.

“Corresponde admitir la nocturnidad del hecho, porque favorece a la impunidad de este tipo de delitos, especialmente porque dificulta a los testigos poder apreciar detalles del hecho y de su autor, con independencia que en este caso se halla logrado la identificación del autor”, explicó el juez y agregó: “Esa nocturnidad también dificultó la identificación del conductor del vehículo desde el cual se efectuaron los disparos, quien sin dudas tuvo un rol preponderante en el suceso”.

Continue Reading

TENDENCIAS

Copyright © 1998 FUNDACION GRUPOCLAN prensagrupoclan@gmail.com