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Los jueces de Entre Ríos deberán escribir sus resoluciones en lenguaje claro y evitar expresiones en latín

Así lo recomienda una guía para escritos judiciales y audiencias orales elaborada por un grupo de magistrados y funcionarios que fue aprobada por el Superior Tribunal de Justicia provincial

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El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos aprobó la Guía de Estilo para un lenguaje judicial claro elaborada por un equipo formado por magistrados y funcionarios del Poder Judicial que se reunió por primera vez en 2022 y terminó integrarse el 14 de junio del año siguiente.

La guía tiene como objetivo efectivizar el acceso a la justicia, mejorar la calidad del servicio de justicia y facilitar la producción de documentos y audiencias judiciales en los que el lenguaje sea sencillo. Además resguardar el derecho de la población a entender qué es lo que se quiere comunicar.

En la introducción de este documento, los autores señalan que aportará herramientas para sortear barreras y lograr una comunicación sencilla a través de un lenguaje jurídico más comprensible.

El proyecto se inició por solicitud de la vocal del Tribunal, Gisela Schumacher y su elaboración fue llevada a cabo por un grupo de trabajo integrado por magistrados y funcionarios judiciales de Entre Ríos en forma voluntaria.

La guía está diseñada teniendo en cuenta tres ejes: uno destinado a las producciones escritas, tanto sentencias como actos administrativos; otro para las audiencias orales y el tercero para las comunicaciones judiciales como notificaciones, cédulas y oficios

En cuanto a la estructura y estilo del texto se sugiere a los jueces que escriban oraciones cortas -con una sola idea por oración- que no superen las 30 palabras y párrafos de no más de 6 líneas.

Además recomienda utilizar la voz activa en la que el verbo es directo y como consecuencia las oraciones son más cortas. Por ejemplo: en lugar de escribir “la audiencia fue fijada por el juez”, aconseja que sea “el juez fijó la audiencia.” También se aconseja que magistrados y funcionarios en caso de incluir términos técnicos o información compleja, a continuación se los explique en lenguaje corriente.

Otra sugerencia es evitar el uso de palabras que son habituales en los escritos judiciales como actor, demandado, amparista, recurrente, quejoso; y en cambio se nombre a cada parte por su nombre y apellido.

El contenido del mensaje debe estar compuesto por términos habituales y en lenguaje inclusivo. El objetivo del lenguaje claro es acercar a su público destinatario el criterio o argumento jurídico y exponerlo de tal manera que su comprensión sea accesible para la ciudadanía.

Gisela Schumacher señaló que el lenguaje jurídico es un lenguaje técnico que se enseña en la facultad y en los libros que se explica de modo complejo lo que hace que “muchas personas no puedan entender aquellas cosas que nosotros transmitimos” y añadió que las personas que se contactan con el Poder Judicial tienen un derecho a entender porque ese derecho les permite ejercer otros derechos como defenderse.

“La idea es trabajar con pautas o reglas que en principio no son de cumplimiento obligatorio, pero sí sugerencias para todas las personas que trabajan en el Poder Judicial para que se utilicen formas más simples de comunicación”, indicó Schumacher. La magistrada señaló además como ejemplo, que es una tradición en el lenguaje jurídico escribir palabras en latín, “bueno, una de las recomendaciones es no usar el latín y si no hay otro remedio, se explica qué quiere decir.”

La Guía de estilo para un lenguaje judicial claro recomienda a los jueces de Entre Ríos evitar el uso de expresiones en latínLa Guía de estilo para un lenguaje judicial claro recomienda a los jueces de Entre Ríos evitar el uso de expresiones en latín

En cuanto a las sentencias, la guía recomienda a los jueces que al comienzo debe haber un copete con el tipo y resumen de la resolución. Asimismo relatar en primera persona los antecedentes de lo que se hizo desde el juzgado. En la redacción de la parte resolutiva deben evitarse los pronunciamientos confusos y la decisión de la sentencia definitiva debe ser clara y congruente con todas y cada una de las pretensiones deducidas.

Otra de las recomendaciones para los magistrados es complementar la escritura clara con otros mecanismos de comunicación según el caso y las personas destinatarias. Algunos de los sugeridos son: imágenes, dibujos, videos, párrafos de lectura fácil y transcripciones accesibles para personas con discapacidad visual.

Las iniciativas para el uso del lenguaje claro en la justicia no son nuevas. Desde hace más de dos décadas se realizan actividades en pos de ese objetivo en las cumbres judiciales que reúnen a los magistrados de las Cortes de los países latinoamericanos. En ese sentido, la Carta de Derechos de las Personas ante la Justicia en el Ámbito Judicial Iberoamericano, aprobada durante la VII Cumbre de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia realizada en la ciudad de Cancún en México en 2002, consigna que “todas las personas tienen derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de tal forma que sean comprensibles por sus destinatarios, empleando una sintaxis y estructura sencillas, sin perjuicio de su rigor técnico.”

Luego, en 2010 en Montevideo, en la XV Cumbre Judicial Iberoamericana se elaboraron las reglas básicas y recomendaciones en materia de comunicación que establecieron que “las autoridades judiciales deben exponer las razones que justifican sus decisiones jurisdiccionales y esta motivación deberá ser expresada de modo claro, preciso y completo.”

En 2016, en la Declaración de Asunción se indicó que “la legitimidad de la judicatura está ligada a la claridad y calidad de las resoluciones judiciales” y, con esa finalidad, “es esencial el uso de un lenguaje claro e inclusivo y no discriminatorio en las resoluciones judiciales, y una argumentación fácilmente comprensible”.

Con relación a este tema, en una resolución de octubre del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó los “Lineamientos Generales de Sentencias Claras”. En esa oportunidad, en disidencia parcial el ministro Ricardo Lorenzetti recordó que “el lenguaje claro es una política de Estado que se ha impulsado en Argentina desde hace veinte años, que comparto y he impulsado junto a numerosos jueces y juezas de todo el país, tanto en el ámbito federal, como nacional y en particular en las justicias provinciales.”

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Mar del Plata: un joven discutió con un kiosquero por 50 pesos, mató a la hija y recibió una dura condena

En febrero de 2022, Facundo Santoro atacó a tiros la fachada de un comercio tras una pelea con su dueño. Allí asesinó a Romina Gilardi, que se encontraba junto a otras personas en la puerta del lugar.

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En las últimas horas, la Justicia marplatense condenó a un joven de 22 años luego de un juicio abreviado en el que aceptó la culpabilidad por el crimen de Romina Gilardi, asesinada el 5 de febrero de 2022 tras una discusión que el autor del crimen mantuvo con el padre de la víctima.

La pelea se originó entre Facundo Santoro, el joven condenado, y el padre de Gilardi, dueño de un kiosco. Aquel día, cerca de las 3 de la mañana, Santoro acudió junto a su pareja a comprar cervezas y una diferencia de 50 pesos inició el conflicto.

El hecho ocurrió en la madrugada del 5 de febrero de 2022, en un kiosco que funciona las 24 horas en calle 71 al 4600, un sector del barrio Nuevo Golf. Por el hecho, Santoro recibió una pena de 14 años y seis meses de cárcel.

Tras la discusión, el asesino prometió regresar. A los 20 minutos, dos hombres en moto pasaron por el lugar y dispararon varias veces contra un grupo de personas que permanecía en la puerta del kiosco. Allí estaba Romina Gilardi junto a su hija de 17 años.

Facundo Santoro recibió una pena de 14 años y seis meses de prisión (Foto: Gentileza La Capital de Mar del Plata).
Facundo Santoro recibió una pena de 14 años y seis meses de prisión (Foto: Gentileza La Capital de Mar del Plata).

En aquel primer intento de agresión nadie salió herido. Sin embargo, minutos más tarde un auto apareció en la zona con Santoro como acompañante. Tras pasar por la calle 71 al 4600, el joven sacó el cuerpo por la ventana y disparó seis veces su pistola calibre 22.

“Gorda me dieron, gorda me dieron”, gritó Gilardi tras recibir un balazo en la espalda, ante la mirada de su hija, mientras buscaba alcanzar su casa para resguardarse. Si bien fue trasladada al Hospital Interzonal General de Agudos (HIGA), la mujer no pudo recuperarse y murió producto de la lesión que culminó en un paro cardíaco traumático.

La calle en la que ocurrieron los hechos (Foto: Google Maps).
La calle en la que ocurrieron los hechos (Foto: Google Maps).

Además de ser condenado por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, el juez del Tribunal N° 4, Gustavo Fissore, le sumó a esa pena una condena que Santoro tenía del fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, en la que había recibido una pena de dos años de prisión de ejecución condicional.

Fissore también aceptó el planteo de la fiscal Florencia Salas, quien consideró como agravante “la nocturnidad del hecho y la extensión del daño causado”, tal como indicó el medio La Capital de Mar del Plata.

“Corresponde admitir la nocturnidad del hecho, porque favorece a la impunidad de este tipo de delitos, especialmente porque dificulta a los testigos poder apreciar detalles del hecho y de su autor, con independencia que en este caso se halla logrado la identificación del autor”, explicó el juez y agregó: “Esa nocturnidad también dificultó la identificación del conductor del vehículo desde el cual se efectuaron los disparos, quien sin dudas tuvo un rol preponderante en el suceso”.

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